Condiciones generales de Otronic.nl (miembro de WebwinkelKeur)
Índice:
Artículo 1 Definiciones
Artículo 2 Identidad del empresario
Artículo 3 Aplicabilidad
Artículo 4 La oferta
Artículo 5 El contrato
Artículo 6 Derecho de desistimiento
Artículo 7 Costes en caso de desistimiento
Artículo 8 Exclusión del derecho de desistimiento
Artículo 9 El precio
Artículo 10 Conformidad y garantía
Artículo 11 Entrega y ejecución
Artículo 12 Operaciones de duración: duración, denuncia y prórroga
Artículo 13 Pago
Artículo 14 Procedimiento de reclamaciones
Artículo 15 Litigios
Artículo 16 Disposiciones adicionales o divergentes
Artículo 1 Definiciones
En estas condiciones se entenderá por:
1. Plazo de reflexión: el plazo dentro del cual el consumidor puede ejercer su derecho de desistimiento;
2. Consumidor: la persona física que no actúa en el ejercicio de una profesión o actividad empresarial y celebra un contrato a distancia con el empresario;
3. Día: día natural;
4. Operación de duración: un contrato a distancia relativo a una serie de productos y/o servicios, cuya obligación de entrega y/o de adquisición se distribuye en el tiempo;
5. Soporte duradero: todo medio que permita al consumidor o al empresario almacenar información dirigida personalmente a él de forma que permita su consulta futura y la reproducción inalterada de la información almacenada.
6. Derecho de desistimiento: la posibilidad del consumidor de renunciar al contrato a distancia dentro del plazo de reflexión;
7. Formulario modelo: el formulario modelo de desistimiento que el empresario pone a disposición y que un consumidor puede cumplimentar cuando desee ejercer su derecho de desistimiento.
8. Empresario: la persona física o jurídica que ofrece productos y/o servicios a distancia a los consumidores;
9. Contrato a distancia: un contrato celebrado en el marco de un sistema organizado por el empresario para la venta a distancia de productos y/o servicios, en el que, hasta y durante la celebración del contrato, se utiliza exclusivamente una o más técnicas de comunicación a distancia;
10. Técnica de comunicación a distancia: medio que puede utilizarse para la celebración de un contrato, sin que el consumidor y el empresario se hayan reunido simultáneamente en el mismo espacio.
11. Condiciones Generales: las presentes Condiciones Generales del empresario.
Artículo 2 Identidad del empresario
Otronic
Meerweg 76A
2121 VC, Bennebroek
023-2340488
support@otronic.nl
KvKnummer: 64217590
Btwidentificatienummer: NL002084147B28
Artículo 3 Aplicabilidad
1. Las presentes condiciones generales se aplican a toda oferta del empresario y a todo contrato a distancia celebrado, así como a los pedidos entre empresario y consumidor.
2. Antes de celebrarse el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales se pondrá a disposición del consumidor. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de celebrarse el contrato a distancia se indicará que las condiciones generales pueden consultarse en el empresario y que, a solicitud del consumidor, le serán remitidas gratuitamente a la mayor brevedad posible.
3. Si el contrato a distancia se celebra electrónicamente, en derogación del párrafo anterior y antes de celebrarse el contrato a distancia, el texto de estas condiciones generales podrá ponerse a disposición del consumidor por vía electrónica de tal manera que este pueda almacenarlo fácilmente en un soporte duradero. Si ello no fuera razonablemente posible, antes de celebrarse el contrato a distancia se indicará dónde pueden consultarse las condiciones generales por vía electrónica y que, a solicitud del consumidor, le serán remitidas gratuitamente por vía electrónica o por otro medio.
4. En caso de que, además de estas condiciones generales, resulten aplicables condiciones específicas de productos o servicios, serán de aplicación mutatis mutandis los apartados segundo y tercero, y el consumidor podrá siempre invocar, en caso de condiciones generales contradictorias, la disposición aplicable que le sea más favorable.
5. Si una o varias disposiciones de estas condiciones generales fueran en algún momento total o parcialmente nulas o anuladas, el contrato y estas condiciones seguirán vigentes en lo demás y la disposición correspondiente será sustituida de común acuerdo sin demora por una disposición que se aproxime lo más posible al alcance de la disposición original.
6. Las situaciones no reguladas en estas condiciones generales deberán ser valoradas «según el espíritu» de estas condiciones generales.
7. Las ambigüedades sobre la interpretación o el contenido de una o varias disposiciones de nuestras condiciones deberán interpretarse «según el espíritu» de estas condiciones generales.
Artículo 4 La oferta
1. Si una oferta tiene un plazo de validez limitado o se realiza bajo condiciones, ello se indicará expresamente en la oferta.
2. La oferta es sin compromiso. El empresario está facultado para modificar y adaptar la oferta.
3. La oferta contiene una descripción completa y precisa de los productos y/o servicios ofrecidos. La descripción es suficientemente detallada para permitir una adecuada valoración de la oferta por parte del consumidor. Si el empresario utiliza imágenes, estas constituyen una representación fiel de los productos y/o servicios ofrecidos. Los errores manifiestos o las equivocaciones evidentes en la oferta no vinculan al empresario.
4. Todas las imágenes, especificaciones y datos de la oferta son indicativos y no pueden dar lugar a indemnización por daños y perjuicios ni a la resolución del contrato.
5. Las imágenes de los productos son una representación fiel de los productos ofrecidos. El empresario no puede garantizar que los colores mostrados coincidan exactamente con los colores reales de los productos.
6. Toda oferta contendrá tal información que para el consumidor quede claro cuáles son los derechos y obligaciones vinculados a la aceptación de la oferta. Esto se refiere, en
particular:
• el precio, impuestos incluidos;
• los eventuales gastos de envío;
• la forma en que se celebrará el contrato y los actos necesarios a tal efecto;
• la aplicabilidad o no del derecho de desistimiento;
• la forma de pago, entrega y ejecución del contrato;
• el plazo de aceptación de la oferta, o bien el plazo durante el cual el empresario garantiza el precio;
• el importe de la tarifa por comunicación a distancia, cuando los costes de utilización de la técnica de comunicación a distancia se calculen sobre una base distinta de la tarifa básica ordinaria del medio de comunicación utilizado;
• si el contrato se archiva tras su celebración y, en su caso, de qué manera puede ser consultado por el consumidor;
• la forma en que el consumidor, antes de celebrar el contrato, puede comprobar y, si lo desea, corregir los datos que haya facilitado en el marco del contrato;
• los idiomas adicionales en los que, además del neerlandés, puede celebrarse el contrato;
• los códigos de conducta a los que se haya adherido el empresario y la forma en que el consumidor puede consultarlos por vía electrónica; y
• la duración mínima del contrato a distancia en caso de una operación de duración determinada.
Artículo 5 El contrato
1. El contrato se perfecciona, sin perjuicio de lo dispuesto en el apartado 4, en el momento de la aceptación por el consumidor de la oferta y del cumplimiento de las condiciones establecidas en la misma.
2. Si el consumidor ha aceptado la oferta por vía electrónica, el empresario confirmará sin demora por vía electrónica la recepción de la aceptación de la oferta. Mientras dicha recepción no haya sido confirmada por el empresario, el consumidor podrá resolver el contrato.
3. Si el contrato se celebra por vía electrónica, el empresario adoptará las medidas técnicas y organizativas adecuadas para la seguridad de la transmisión electrónica de datos y garantizará un entorno web seguro. Si el consumidor puede pagar electrónicamente, el empresario adoptará las medidas de seguridad adecuadas al efecto.
4. El empresario podrá, dentro de los límites legales, comprobar si el consumidor puede cumplir sus obligaciones de pago, así como todos aquellos hechos y factores que sean relevantes para la celebración responsable del contrato a distancia. Si, sobre la base de esta investigación, el empresario tiene motivos fundados para no celebrar el contrato, estará facultado para rechazar motivadamente un pedido o solicitud o para supeditar su ejecución a condiciones especiales.
5. El empresario remitirá al consumidor, junto con el producto o servicio, la siguiente información, por escrito o de tal manera que el consumidor pueda almacenarla de forma accesible en un soporte duradero:
a. la dirección de visita del establecimiento del empresario donde el consumidor puede presentar reclamaciones;
b. las condiciones y la forma en que el consumidor puede ejercer el derecho de desistimiento, o bien una clara indicación de la exclusión del derecho de desistimiento;
c. la información sobre garantías y el servicio posventa existente;
d. los datos incluidos en el artículo 4, apartado 3, de estas condiciones, salvo que el empresario ya haya facilitado dichos datos al consumidor antes de la ejecución del contrato;
e. los requisitos para la rescisión del contrato si el contrato tiene una duración superior a un año o es de duración indefinida.
6. En caso de una operación de duración, la disposición del apartado anterior solo será aplicable a la primera entrega.
7. Todo contrato se celebra bajo la condición suspensiva de disponibilidad suficiente de los productos correspondientes.
Artículo 6 Derecho de desistimiento
En la entrega de productos:
1. En la compra de productos, el consumidor tiene la posibilidad de resolver el contrato sin indicar los motivos durante 30 días. Este plazo de reflexión comienza el día siguiente a la recepción del producto por el consumidor o por un representante designado previamente por el consumidor y comunicado al empresario.
2. Durante el plazo de reflexión, el consumidor tratará con cuidado el producto y el embalaje. Solo desembalará o utilizará el producto en la medida necesaria para poder evaluar si desea conservarlo. Si ejerce su derecho de desistimiento, devolverá el producto al empresario con todos los accesorios suministrados y, si razonablemente es posible, en su estado y embalaje originales, conforme a las instrucciones razonables y claras facilitadas por el empresario.
3. Cuando el consumidor desee ejercer su derecho de desistimiento, estará obligado a comunicarlo al empresario dentro de los 14 días siguientes a la recepción del producto. El consumidor deberá comunicarlo mediante el formulario modelo. Una vez que el consumidor haya comunicado su intención de ejercer su derecho de desistimiento, el cliente deberá devolver el producto dentro de los 14 días. El consumidor deberá demostrar que los bienes entregados han sido devueltos a tiempo, por ejemplo mediante un comprobante de envío.
4. Si el cliente, una vez transcurridos los plazos mencionados en los apartados 2 y 3, no ha comunicado su intención de ejercer su derecho de desistimiento o no ha devuelto el producto al empresario, la compra será un hecho.
Artículo 7 Costes en caso de desistimiento
1. Si el consumidor ejerce su derecho de desistimiento, los costes de devolución correrán a cargo del consumidor.
2. Si el consumidor ha pagado una cantidad, el empresario reembolsará dicha cantidad lo antes posible, pero a más tardar dentro de los 14 días siguientes al desistimiento. No obstante, ello estará sujeto a la condición de que el producto ya haya sido recibido de vuelta por la tienda en línea o pueda aportarse una prueba concluyente de la devolución completa. El reembolso se efectuará mediante el mismo método de pago utilizado por el consumidor, salvo que el consumidor otorgue expresamente su consentimiento para otro método de pago.
3. En caso de daño del producto por un manejo descuidado por parte del propio consumidor, este será responsable de cualquier disminución de valor del producto.
4. El consumidor no podrá ser considerado responsable de la disminución de valor del producto cuando el empresario no haya facilitado toda la información legalmente obligatoria sobre el derecho de desistimiento; esto deberá hacerse antes de la celebración del contrato de compraventa.
Artículo 8 Exclusión del derecho de desistimiento
1. El empresario podrá excluir el derecho de desistimiento del consumidor respecto de los productos descritos en los apartados 2 y 3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será válida si el empresario lo ha indicado claramente en la oferta, o al menos oportunamente antes de la celebración del contrato.
2. La exclusión del derecho de desistimiento solo es posible para productos:
a. que hayan sido confeccionados por el empresario conforme a las especificaciones del consumidor;
b. que sean claramente de carácter personal;
c. que, por su naturaleza, no puedan ser devueltos;
d. que puedan deteriorarse o caducar con rapidez;
e. cuyo precio esté sujeto a fluctuaciones del mercado financiero sobre las que el empresario no tenga influencia;
f. para periódicos y revistas sueltos;
g. para grabaciones de audio y vídeo y software informático cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
h. para productos higiénicos cuyo precinto haya sido roto por el consumidor.
3. La exclusión del derecho de desistimiento solo será posible para los servicios:
a. relativos al alojamiento, el transporte, la hostelería o las actividades de esparcimiento, que deban prestarse en una fecha determinada o durante un período determinado;
b. cuya prestación haya comenzado, con el consentimiento expreso del consumidor, antes de que haya expirado el plazo de desistimiento;
c. relativos a apuestas y loterías.
Artículo 9 El precio
1. Durante el período de vigencia indicado en la oferta, los precios de los productos y/o servicios ofrecidos no se incrementarán, salvo modificaciones de precio como consecuencia de cambios en los tipos de IVA.
2. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, el empresario podrá ofrecer productos o servicios cuyos precios estén sujetos a fluctuaciones del mercado financiero y sobre los que el empresario no tenga influencia, con precios variables. Esta sujeción a fluctuaciones y el hecho de que los precios eventualmente indicados sean precios orientativos se indicarán en la oferta.
3. Los incrementos de precio dentro de los 3 meses siguientes a la celebración del contrato solo se permitirán si son consecuencia de disposiciones o estipulaciones legales.
4. Los incrementos de precio a partir de 3 meses después de la celebración del contrato solo se permitirán si el empresario así lo ha estipulado y:
a. sean consecuencia de disposiciones o estipulaciones legales; o
b. el consumidor esté facultado para resolver el contrato con efectos desde el día en que entre en vigor el incremento de precio.
5. Los precios mencionados en la oferta de productos o servicios incluyen el IVA.
6. Todos los precios están sujetos a posibles errores de impresión y composición. No se aceptará responsabilidad alguna por las consecuencias de errores de impresión, composición y mecanografía. En caso de errores de impresión y composición, el empresario no estará obligado a suministrar el producto al precio erróneo.
Artículo 10 Conformidad y garantía
1. El empresario garantiza que los productos y/o servicios se ajustan al contrato, a las especificaciones indicadas en la oferta, a los razonables requisitos de idoneidad y/o utilidad y a las disposiciones legales y/o normas gubernamentales vigentes en la fecha de celebración del contrato. Si así se hubiera acordado, el empresario también garantiza que el producto es apto para un uso distinto del normal.
2. Una garantía otorgada por el empresario, el fabricante o el importador no afectará a los derechos y acciones legales que el consumidor pueda hacer valer frente al empresario en virtud del contrato.
3. Los posibles defectos o productos entregados incorrectamente deberán comunicarse por escrito al empresario dentro de los 2 meses siguientes a la entrega. La devolución de los productos deberá realizarse en el embalaje original y en estado nuevo.
4. El plazo de garantía del empresario coincide con el plazo de garantía de fábrica. No obstante, el empresario no será en ningún caso responsable de la idoneidad final de los productos para cada aplicación individual por parte del consumidor, ni de eventuales consejos relativos al uso o la aplicación de los productos.
5. La garantía no será aplicable si:
• El consumidor ha reparado y/o modificado por sí mismo los productos entregados o ha hecho que terceros los reparen y/o modifiquen;
• Los productos entregados han estado expuestos a condiciones anormales o han sido tratados de forma negligente o en contra de las instrucciones del empresario y/o de las indicaciones del embalaje;
• La falta de conformidad sea total o parcialmente consecuencia de prescripciones que la autoridad haya establecido o establezca respecto de la naturaleza o la calidad de los materiales utilizados.
Artículo 11 Entrega y ejecución
1. El empresario observará la máxima diligencia posible al recibir y al ejecutar los pedidos de productos, así como al valorar las solicitudes de prestación de servicios.
2. Como lugar de entrega se entenderá la dirección que el consumidor haya comunicado a la empresa.
3. Teniendo en cuenta lo dispuesto al respecto en el apartado 4 de este artículo, la empresa ejecutará los pedidos aceptados con la debida rapidez, pero a más tardar en un plazo de 30 días, salvo que el consumidor haya aceptado un plazo de entrega más largo. Si la entrega sufre retraso, o si un pedido no puede ejecutarse o solo puede ejecutarse parcialmente, el consumidor recibirá notificación de ello a más tardar 30 días después de haber realizado el pedido. En tal caso, el consumidor tendrá derecho a resolver el contrato sin coste alguno. El consumidor no tendrá derecho a indemnización por daños y perjuicios.
4. Todos los plazos de entrega son indicativos. El consumidor no podrá derivar de los plazos mencionados ningún derecho. La superación de un plazo no dará derecho al consumidor a indemnización por daños y perjuicios.
5. En caso de resolución conforme al apartado 3 de este artículo, el empresario reembolsará la cantidad pagada por el consumidor lo antes posible, pero a más tardar dentro de los 14 días siguientes a la resolución.
6. Si resulta imposible la entrega de un producto pedido, el empresario se esforzará por poner a disposición un artículo sustitutivo. A más tardar en el momento de la entrega se comunicará de forma clara y comprensible que se entrega un artículo sustitutivo. En el caso de artículos sustitutivos, no podrá excluirse el derecho de desistimiento. Los costes de una eventual devolución correrán a cargo del empresario.
7. El riesgo de daño y/o pérdida de los productos recaerá sobre el empresario hasta el momento de la entrega al consumidor o a un representante previamente designado y comunicado al empresario, salvo que se haya acordado expresamente otra cosa.
8. Para pedidos comerciales por correo electrónico a cuenta, se aplica un valor mínimo de pedido de € 50 excl. BTW. Los pedidos de menor importe podrán tramitarse con un recargo de € 6,20 excl. BTW.
Artículo 12 Contratos de duración: duración, denuncia y prórroga
Denuncia
1. El consumidor podrá denunciar en cualquier momento un contrato celebrado por tiempo indefinido que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o de servicios, respetando las normas de denuncia acordadas al efecto y un preaviso de como máximo un mes.
2. El consumidor podrá denunciar en cualquier momento, al final del plazo determinado, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o de servicios, respetando las normas de denuncia acordadas al efecto y un preaviso de como máximo un mes.
3. El consumidor podrá los contratos mencionados en los apartados anteriores:
• denunciarlos en cualquier momento y no quedar limitado a la denuncia en un momento determinado o en un período determinado;
• denunciarlos, al menos, de la misma manera en que los haya celebrado;
• denunciarlos siempre con el mismo plazo de preaviso que el empresario se haya reservado para sí mismo.
Prórroga
4. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos (incluida la electricidad) o de servicios no podrá prorrogarse ni renovarse tácitamente por un período determinado.
4. No obstante lo dispuesto en el apartado anterior, un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de periódicos y revistas diarias y semanales podrá prorrogarse tácitamente por un período determinado de un máximo de tres meses, si el consumidor puede denunciar dicho contrato prorrogado al final de la prórroga con un preaviso de como máximo un mes.
5. Un contrato celebrado por tiempo determinado que tenga por objeto la entrega periódica de productos o servicios solo podrá prorrogarse tácitamente por tiempo indefinido si el consumidor puede denunciarlo en cualquier momento con un preaviso de como máximo un mes y con un preaviso de como máximo tres meses en caso de que el contrato tenga por objeto la entrega periódica, pero menos de una vez al mes, de periódicos y revistas diarias y semanales.
6. Un contrato de duración limitada para la entrega periódica, con fines de conocimiento, de periódicos y revistas diarias y semanales (suscripción de prueba o de conocimiento) no se prorrogará tácitamente y finalizará automáticamente al término del período de prueba o de conocimiento.
Duración
7. Si un contrato tiene una duración superior a un año, el consumidor podrá denunciarlo en cualquier momento, una vez transcurrido un año, con un preaviso de como máximo un mes, salvo que la razonabilidad y la equidad se opongan a la denuncia antes del final de la duración pactada.
Artículo 13 Pago
1. Salvo que se haya acordado otra cosa, las cantidades adeudadas por el consumidor deberán abonarse dentro de los 7 días laborables siguientes al inicio del plazo de desistimiento a que se refiere el artículo 6, apartado 1. En caso de un contrato de prestación de servicios, este plazo comenzará una vez que el consumidor haya recibido la confirmación del contrato.
2. El consumidor tiene la obligación de comunicar sin demora al empresario las inexactitudes en los datos de pago facilitados o indicados.
3. En caso de impago por parte del consumidor, el empresario tendrá, salvo las limitaciones legales, el derecho a cobrar los costes razonables previamente comunicados al consumidor.
Artículo 14 Régimen de reclamaciones
1. El empresario dispone de un procedimiento de reclamaciones suficientemente divulgado y tramitará la reclamación de conformidad con dicho procedimiento.
2. Las reclamaciones sobre la ejecución del contrato deberán presentarse al empresario, de forma completa y claramente descrita, en un plazo de 2 meses después de que el consumidor haya constatado los defectos.
3. Las reclamaciones presentadas al empresario serán respondidas en un plazo de 14 días, contado desde la fecha de recepción. Si una reclamación requiere previsiblemente un plazo de tramitación más largo, el empresario responderá dentro del plazo de 14 días con un acuse de recibo e indicará cuándo puede esperar el consumidor una respuesta más detallada.
4. Si la reclamación no puede resolverse de mutuo acuerdo, surgirá una विवाद que podrá someterse al régimen de resolución de litigios.
5. En caso de reclamaciones, el consumidor deberá dirigirse en primer lugar al empresario. Si la tienda en línea está afiliada a Stichting WebwinkelKeur y, en caso de reclamaciones que no puedan resolverse de mutuo acuerdo, el consumidor deberá dirigirse a Stichting WebwinkelKeur (www.webwinkelkeur.nl), que mediará gratuitamente. Compruebe si esta tienda en línea tiene una afiliación vigente a través de https://www.webwinkelkeur.nl/ledenlijst/. Si aun así no se llega a una solución, el consumidor tiene la posibilidad de someter su reclamación al comité independiente de resolución de litigios designado por Stichting WebwinkelKeur; la decisión de este será vinculante y tanto el empresario como el consumidor aceptan dicha decisión vinculante. La presentación de un litigio ante este comité de resolución de litigios conlleva costes que deberá pagar el consumidor al comité correspondiente. Asimismo, es posible presentar reclamaciones a través de la plataforma europea ODR (http://ec.europa.eu/odr).
6. Una reclamación no suspende las obligaciones del empresario, salvo que el empresario indique lo contrario por escrito.
7. Si el empresario considera fundada una reclamación, a su elección sustituirá o reparará gratuitamente los productos entregados.
Artículo 15 Litigios
1. A los contratos entre el empresario y el consumidor a los que se refieren estas condiciones generales se les aplicará exclusivamente el derecho neerlandés. También en el caso de que el consumidor resida en el extranjero.
2. La Convención de Viena sobre Compraventa no será aplicable.
Artículo 16 Responsabilidad por daños (consecuenciales)
1. Otronic no será responsable de daños directos o indirectos (consecuenciales) que se produzcan por el uso de nuestros productos. La conexión o soldadura de nuestros productos en equipos existentes corre íntegramente por cuenta y riesgo del cliente.